Fallo de 12 de diciembre de 2019
Documento legal - Jurisprudencia
2019-12-12
DESCRIPCIÓN: Inconstitucionalidad del artículo 488 del Código Procesal Penal. NORMA CONSTITUCIONAL VIOLADA: Artículo 17 y 32 de la Constitución Política. MOTIVO DE LA DEMANDA: Que la norma establece los requisitos de admisibilidad para una querella o denuncia contra un Diputado de la Asamblea Nacional o el Parlacen pero no permite el derecho a defenderse y oponerse No hay contradictorio. PUNTOS RELEVANTES: 1. El Pleno antes atendió la inconstitucionalidad de los numerales 2, 3 y 4 del Artículo 488 Código Procesal Penal (Fallo 4 de abril de 2016 y fallo 29 de noviembre de 2017) por lo que solo se estudiará el numeral 1. 2. “Cláusula de los derechos innominados” (Reformas o adición del artículo 17 de la Constitución Política luego de la reforma inconstitucional de 2004). Los derechos de la Constitución y las Garantías deben ser tomadas como minino. 3. El argumento que censura si la admisión de la querella o denuncia contra un Diputado se debe considerar un acto de imputación sustantivo, no es pertinente a la discusión constitucional que plantea la demanda de inconstitucionalidad. 4. Se declaró que no es inconstitucional.
Descripción:
FALLO DE 12 DE DICIEMBRE DE 2019
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