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dc.date.accessioned2019-11-26T00:42:40Z
dc.date.available2019-11-26T00:42:40Z
dc.date.issued2019-11-26
dc.identifier.urihttp://repositoriodigital.organojudicial.gob.pa/handle/001/148
dc.description.abstractDESCRIPCIÓN: Inconstitucionalidad contra la frase del Artículo 237 del Código Procesal Penal que dice: “Excepcionalmente, cuando se trate de una persona cuya residencia fija no esté en el territorio nacional….”
dc.description.abstractNORMA CONSTITUCIONAL VIOLADA: Artículos 4, 17, 19 y 20 de la Constitución Política. Artículo 8 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
dc.description.abstractMOTIVO DE LA DEMANDA: Que es discriminatorio y contra los derechos humanos el trato diferenciado que hace la norma censurada para “los extranjeros”, con relación a la declaratoria de detención preventiva.
dc.description.abstractPUNTOS RELEVANTES:
dc.description.abstract1. Se aborda la “constitucionalización de los derechos humanos”. Al interpretarse las normas constitucionales en los procesos constitucionales se debe hacer conforme a la supremacía de los derechos humanos (principio pro homine).
dc.description.abstract2. El artículo 237 del Código Procesal Penal reglamenta y delimita la aplicación de la medida de privación de libertad denominada “detención provisional”. Para ello se incluyen los presupuestos o requisitos para poder aplicarla. Uno de esos requisitos es que el delito que se imputa tenga un mínimo de pena cuatro (4 años). La frase censurada implica una excepción a dicho requisito cuantitativo si la persona tiene su residencia fija fuera de Panamá independientemente sea nacional o extranjero. El riesgo que se está evitando es la desatención al proceso.
dc.description.abstract3. Se distingue entre “igualdad ante la Ley” y “No discriminación”. No todo trato desigual es discriminatorio. Solo lo es si el tratamiento distinto es arbitrario.
dc.description.abstract4. Se explica el “test de igualdad” que supone evaluar si la norma es objetivo u razonable. De no serlo entonces seria arbitraria y por tanto discriminatoria.
dc.format.extent27 p.spa
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.publisherÓrgano Judicialspa
dc.titleFallo de 26 de noviembre de 2019
dc.title.alternativeInconstitucionalidad contra la frase del Artículo 237 del Código Procesal Penal que dice: “Excepcionalmente, cuando se trate de una persona cuya residencia fija no esté en el territorio nacionalspa
dc.typeDocumento legal - Jurisprudenciaspa
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/annotationspa
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersionspa
dc.contributor.corporatenamePanamá. Órgano Judicialspa
dc.contributor.corporatenameCorte Suprema de Justiciaspa
dc.publisher.placePanamáspa
dc.rights.creativecommonsAtribución-NoComercial 4.0 Internacional (CC BY-NC 4.0)spa
dc.subject.proposalGarantías Fundamentales
dc.subject.proposalDiscriminación
dc.subject.proposalIgualdad ante la Ley
dc.subject.proposalDerechos Humanos
dc.subject.proposalDetención Provisional
dc.type.contentTextspa
oaire.accessrightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2spa
oaire.versionhttp://purl.org/coar/version/c_b1a7d7d4d402bccespa


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