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    • Factores determinantes del hacinamiento penitenciario en la provincia de Chiriquí: período 2019-2023 

      Sanmartín, Katia Batista (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024)
      Dentro de la presente investigación se hace necesario partir de la premisa del hacinamiento en el Centro Penitenciario de Chiriquí está en una constante decaída trayendo consigo la violación a los derechos humanos de la ...
    • Derechos Humanos como instrumento para reducir el hacinamiento carcelario en Panamá 

      Rodríguez Santamaría, Carlos (Instituto Superior de la Judicatura de Panamá, 2024)
      El criminólogo Marco Aurelio Álvarez considera que el aumento de la población delincuencial puede estar influido por varios factores, entre ellos, el incremento de delitos o detenciones y los cambios en las políticas ...
    • Situación sociojurídica de mujeres condenadas por delitos relacionados con drogas en el Centro Femenino de Rehabilitación de la provincia de Chiriquí 2021-2023 

      Ayala, Erick Enoc (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024)
      El Estado es garante del bienestar de la población de privadas de libertad por los principios reguladores de nuestro ordenamiento jurídico, para tal fin se han desarrollado sendos programas sociales, tendientes a mejorar ...
    • La valoración del testimonio de la víctima menor de edad a través de la prueba anticipada en delitos sexuales 

      Pitty Guardao, Rogelio (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024)
      Vale la pena preguntarse ¿Cuáles son esas garantías de “seriedad” y “profesionalismo” que debe presentar el informe? Puede referirse a su coherencia, cohesión, consistencia o a las circunstancias de centrarse en hechos que ...
    • Control de la convencionalidad en materia de derechos humanos y su aplicación en el ordenamiento jurídico penal 

      Julio César, Cruz Batista (Instituto Superior de la Judicatura de Panamá, 2024)
    • Análisis de la prueba sin convicción en el Sistema Penal Acusatorio Panameño 

      Smith Chifundo, Shanayka (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024-09)
      Esta investigación tiene como norte exponer como se desarrolla la valoración racional de la prueba, en donde los juzgadores o el que esté investido para administrar justicia, realiza un juicio racional de los elementos ...
    • La legítima defensa como causa de justificación excluyente de responsabilidad penal 

      Corro Saavedra, Luis Felipe (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024-09-01)
      La legítima defensa es una figura jurídica crucial en el ámbito del derecho penal que permite a una persona repeler una agresión ilegítima utilizando medios necesarios y proporcionales, sin incurrir en responsabilidad ...
    • Derechos humanos de mujeres, niños y adolescentes en condiciones de vulnerabilidad en la comunidad de Los Abanicos, corregimiento de David 

      Morales Araúz, Janeth María (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024-09-01)
      Los derechos humanos de las mujeres, los niños y los adolescentes en condiciones de vulnerabilidad son aquellos que les garantizan una vida digna, libre de violencia, discriminación y pobreza, y que les permiten desarrollar ...
    • Responsabilidad penal de adolescentes en el marco de la reforma procesal penal en Panamá 

      Rojas Q., Yajaira l. (Instituto Superior de la Judicatura de Panamá, 2024-09-09)
    • La suspensión del proceso en delitos de violencia doméstica bajo la condición de tratamiento psicológico en la provincia de Chiriquí, año 2022 

      Sánchez Beitia, Joselyn (Instituto Superior de la Judicatura de PanamáPanamá, 2024-10-30)
      Cuando nos referimos a los métodos alternos de solución del conflicto, siempre es importante conocer su sustento o motivación; para poder comprender el valor que representa que hoy día, los mismos no solo sean aplicados ...

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      • Factores determinantes del hacinamiento penitenciario en la provincia de Chiriquí: período 2019-2023

        ...

        Sanmartín, Katia Batista | 2024

        Dentro de la presente investigación se hace necesario partir de la premisa del hacinamiento en el Centro Penitenciario de Chiriquí está en una constante decaída trayendo consigo la violación a los derechos humanos de la población carcelaria. Es debido a este hacinamiento que muchos de los privados de libertad no logran la adecuada resocialización, no siendo este el único factor, sino también la falta de infraestructura de gestión adecuada. Son estas carencias al igual que muchas otras más resalta una sensación de abandono, que produce en el detenido un resentimiento social por violación a derechos humanos. Mientras no exista una política penitenciaria definida y la detención preventiva sea la medida cautelar más utilizada en el sistema, seguirá el aumento del hacinamiento en las cárceles Debemos señalar que la sociedad chiricana no está preparada para lograr solución alternativa del conflicto cada vez que alguien infringe la ley penal, más bien, exige que esté tras las rejas.

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      • Derechos Humanos como instrumento para reducir el hacinamiento carcelario en Panamá

        ...

        Rodríguez Santamaría, Carlos | 2024

        El criminólogo Marco Aurelio Álvarez considera que el aumento de la población delincuencial puede estar influido por varios factores, entre ellos, el incremento de delitos o detenciones y los cambios en las políticas penales. Así, por ejemplo, es del criterio que las reformas que establecen penas más severas y cambios en las políticas de libertad condicional pueden contribuir a aumentar el número de reclusos. La situación también podría estar motivada por problemas sociales y económicos, como las desigualdades sociales: la falta de oportunidades laborales y la pobreza. Cada día es más difícil ingresar al mercado laboral, y circunstancias como la recién superada pandemia COVID-19, y las vías de acceso cerradas en la provincia de Chiriquí, producto de las pasadas protestas por la actividad minera en el país, aunada a la actividad económica restringida cada día más, producto de la globalización del comercio, se agrega una oferta delictiva accesible en materia de negocios criminales, como el tráfico de drogas, sicariatos, estafas, extorsiones, entre otras tipologías penales, las cuales pueden ser algunas de las causas del problema. Otro factor que, sin lugar a duda incide en el problema del hacinamiento carcelario, es un sistema judicial lento o congestionado. Debemos tener claro que, si el sistema judicial enfrenta retrasos o dificultades para llevar a cabo juicios rápidos, puede resultar en un aumento de personas en detención preventiva o a la espera de juicio. La mora del sistema judicial complica más las cosas. En octubre del año 2023, había 8.246 reos –35% del total de la población carcelaria– en espera de que se decidiera su proceso. Hay que considerar también la falta de programas de rehabilitación. La ausencia de programas efectivos de rehabilitación dentro de las prisiones puede contribuir a altas tasas de reincidencia delictiva, manteniendo una población constante o creciente en las cárceles. En países que están en vía de desarrollo, y con economías golpeadas como la de nuestro país, en no pocas ocasiones, estos factores con frecuencia se hacen presente de manera conjunta, dando como resultado que aumente la población carcelaria en un período determinado. De acuerdo con la agencia internacional, World Prison Brief, la base de datos que brinda acceso a información sobre los sistemas penitenciarios en todo el mundo y se actualiza mensualmente usando en gran medida fuentes gubernamentales, Panamá es el tercer país de la región centroamericana con mayor población penitenciaria. Más del 50% de los delitos están relacionados con las drogas y otros conexos como el pandillerismo, tráfico, entre otros, asociado de una forma u otra a la relación de la posición geográfica, lo que influye directamente en la tasa de la población carcelaria. Los centros penitenciarios a nivel nacional presentan un grave problema de sobrepoblación, como resultado, entre otras cosas, de los procedimientos ejecutados a través de operativos y acciones policiales que se ejecutan a nivel nacional, por los estamentos de seguridad en conjunto con el Ministerio Público, con el fin de contener la criminalidad. Se trata de operativos simultáneos que, en la mayoría de los casos, producen la aprehensión de decenas de personas requeridas por diversos delitos. Por eso, presentaré en el Capítulo I, los antecedentes del problema enfocado en el conocimiento de lo que son los derechos humanos y su aplicabilidad al tema carcelario. Para ello me apoyaré en el planteamiento, formulación del problema y la justificación de la investigación. En el segundo capítulo, plasmo los antecedentes de la investigación desde la óptica nacional e internacional, tomando en cuenta que los derechos humanos son un tema global, para lo cual desarrollo tanto el marco teórico, el conceptual y el histórico. En el capítulo tercero, sobre la metodología empleada, describo el tipo y diseño de la investigación utilizada, la población y muestra seleccionada, hipótesis de la investigación, así como la definición conceptual y operacional de las variables, y las técnicas e instrumentos empleados para la recolección de datos. En el cuarto capítulo del trabajo, presento el análisis de los resultados, en el que me enfoco en las encuestas realizadas tanto a profesionales del Derecho, así como a estudiantes y otros profesionales, para conocer su punto de vista con respecto al derecho humano de las personas privadas de libertad, y si estos tienen aplicación práctica en los distintos centros carcelarios de la provincia. El último capítulo es trascendental, ya que recoge las conclusiones y recomendaciones que surgieron como producto de la investigación que se realizó, con la intención de detectar las causas y conocer las consecuencias, de la falta de reconocimiento de los derechos humanos en las cárceles de Chiriquí y de qué forma esto incide directa o indirectamente en la sobrepoblación penitenciaria. Reconozco la importancia de combatir tanto el crimen organizado como la delincuencia criolla, pero también deben considerar las autoridades nacionales, políticos y la sociedad civil organizada, además de las campañas y acciones encaminadas a la prevención del delito, modernizar los sistemas de administración de justicia de forma tal que se activen los procesos penales, así como el de contar con las instalaciones requeridas que permitan custodiar y brindar el tratamiento especializado a la población penal sobre la base del respeto a los derechos humanos y de los lineamientos científicos y modernos en materia criminológica penitenciaria, de seguridad y administrativa. El sistema penitenciario panameño sigue en el abandono, y aún con la implementación de nuevos estándares internacionales en materia de derechos humanos, es muy poco lo que se ha avanzado en materia del respeto a los derechos humanos de los privados de libertad. El problema radica en que mientras el sistema penitenciario no cuente con presupuesto, las infraestructuras que reportan hacinamiento no cambiarán, por lo que resulta imposible impulsar programas de reinserción que puedan dignificar al individuo que permanece detenido. A partir de la implementación del Sistema Penal Acusatorio en el año 2011 en el Segundo Distrito Judicial de Panamá (Coclé y Veraguas), y paulatinamente en otros Distritos Judiciales, comenzó a reducirse la cantidad de detenidos de manera preventiva. Sin embargo, en los últimos cuatro -4- años se han vuelto a incrementar exponencialmente las cifras y en todas las cárceles a nivel nacional estamos en presencia de hacinamiento, y la Cárcel de Llanos de Hicaco, ubicada en el corregimiento de Chiriquí, provincia de Chiriquí, no escapa a esa realidad.

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      • Situación sociojurídica de mujeres condenadas por delitos relacionados con drogas en el Centro Femenino de Rehabilitación de la provincia de Chiriquí 2021-2023

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        Ayala, Erick Enoc | 2024

        El Estado es garante del bienestar de la población de privadas de libertad por los principios reguladores de nuestro ordenamiento jurídico, para tal fin se han desarrollado sendos programas sociales, tendientes a mejorar la calidad de vida dentro de los Centros Penitenciarios de Panamá, específicamente nuestro objeto de investigación se basa en la Provincia de Chiriquí, dentro de la Cárcel Femenina de mujeres, ubicada en Los Algarrobos, y abarca a las mujeres condenadas por delitos relacionados con drogas. La posición geográfica es importante, puesto que un gran número de casos relacionado con el tráfico de drogas es permanentemente un reflejo de la situación actual y muchas inmigrantes son llevadas ante los aparatos de justicia, condenadas y pagan en la cárcel pública de mujeres. Tanto para mujeres que tienen hijos o son miembros de una familia es imprescindible que sus perfiles mejoren, ya que al reinsertarse en la sociedad les asegura una mejora significativa en su calidad de vida y les permite ser autosuficientes, por las facilidades que le brindan los Programas, tales como estudios, adaptación y resocialización. Por tanto, las causas y las consecuencias del encierro, las condiciones de reclusión, tienen sello de género; por esta razón nos concentraremos en el análisis de la reclusión de las mujeres sancionadas por delitos relacionados con droga, desde esta perspectiva

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      • La valoración del testimonio de la víctima menor de edad a través de la prueba anticipada en delitos sexuales

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        Pitty Guardao, Rogelio | 2024

        Vale la pena preguntarse ¿Cuáles son esas garantías de “seriedad” y “profesionalismo” que debe presentar el informe? Puede referirse a su coherencia, cohesión, consistencia o a las circunstancias de centrarse en hechos que sean pertinentes para la resolución del caso, o bien que se utilizó la metodología correcta, que verse sobre la persona o cosa que corresponda, etcétera. En el caso en particular que nos interesa, la valoración del testimonio de la víctima menor de edad, a través de la prueba de anticipada y su incidencia en el aumento de las sentencias condenatorias, podemos preguntarnos ¿conoce el juez en qué consiste la metodología empleada por el perito a la hora de efectuar un examen de credibilidad sobre el menor?, ¿cómo se lleva a cabo la valoración de admisibilidad de la metodología de trabajo y la técnica de entrevista que se han desplegado, en un caso en concreto?, en la medida que efectivamente no se cuente con las herramientas y criterios necesarios para estos efectos, ¿cómo podrá saber si existió en la elaboración del informe una omisión consistente o selectiva de datos o información relevante, para dar con resultados falsos? Demás está decir que lo anterior, de llegar o producirse, atentaría gravemente contra la “seriedad” del informe que se estaría admitiendo, igualmente de constituir una considerable falta de “profesionalismo” de parte del perito que lo haya elaborado. Cabe agregar a lo anterior, que el perito ya no sólo se limita a la elaboración de su informe, pues tiene la obligación de exponer ante el juez el contenido de su informe. Podemos ver que el perito que efectúe el examen de credibilidad al menor que afirma haber sido víctima de un abuso sexual, deberá exponer ante el Tribunal de Juicio Oral, su análisis, contextualización y evaluación de estas.

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      • Control de la convencionalidad en materia de derechos humanos y su aplicación en el ordenamiento jurídico penal

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        Julio César, Cruz Batista | 2024

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      • Análisis de la prueba sin convicción en el Sistema Penal Acusatorio Panameño

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        Smith Chifundo, Shanayka | 2024-09

        Esta investigación tiene como norte exponer como se desarrolla la valoración racional de la prueba, en donde los juzgadores o el que esté investido para administrar justicia, realiza un juicio racional de los elementos probatorios que encuentre en la causa de conocimiento, así como verificar la práctica de las pruebas para tener certeza de lo ocurrido. Para ello se analizan artículos de investigación, normas legales aplicables y jurisprudencia al respecto. Se interrelacionan conceptos como el de prueba, los estándares de prueba y el deber de motivación de las decisiones judiciales. La principal finalidad de la prueba en los procedimientos judiciales es averiguar la verdad de lo sucedido, entendida como verdad por correspondencia. La razón que justifica lo anterior es que, la justicia de la decisión jurisdiccional no puede alcanzarse si los hechos que se dan por ocurridos no están probados ni se corresponden con la realidad. Una cosa es la finalidad de la etapa probatoria; otra, lo que efectivamente pueda devenir con el desarrollo del procedimiento. Los teóricos ilustrados entendían que los hechos no eran demostrables deductivamente a partir del material probatorio, reconociendo la imposibilidad de arribar a certezas absolutas sino solo, con mucha suerte, a certezas morales o subjetivas. La certeza subjetiva o convencimiento sería además la opción disponible atendiendo las limitaciones con que cuenta el juez en su tarea de determinación de los hechos. La búsqueda de la verdad como finalidad de la etapa probatoria de los procedimientos judiciales constituyen, un presupuesto; es decir, una condición de la justicia de la decisión jurisdiccional

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      • La legítima defensa como causa de justificación excluyente de responsabilidad penal

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        Corro Saavedra, Luis Felipe | 2024-09-01

        La legítima defensa es una figura jurídica crucial en el ámbito del derecho penal que permite a una persona repeler una agresión ilegítima utilizando medios necesarios y proporcionales, sin incurrir en responsabilidad penal. Esta causa de justificación excluyente de responsabilidad penal está destinada a proteger derechos fundamentales como la vida, la integridad física y la propiedad frente a ataques inminentes y peligrosos. En el derecho panameño, la legítima defensa está regulada por el Código Penal, que especifica las condiciones bajo las cuales un acto defensivo se considera justificado. Estas condiciones incluyen la inmediatez del peligro, la proporcionalidad de la respuesta y la ausencia de provocación por parte del defensor. Sin embargo, la interpretación y aplicación de estos criterios pueden ser complejas y varían según las circunstancias de cada caso. El análisis de la legítima defensa como causa de justificación en el derecho penal panameño revela varios aspectos claves que establece claramente los parámetros de la legítima defensa, aunque su interpretación puede diferir en la práctica judicial. Los tribunales deben evaluar cuidadosamente cada caso, lo que genera una rica y variada jurisprudencia sobre el tema. Las decisiones judiciales se centran en determinar si se cumplen los requisitos de inmediatez, proporcionalidad y falta de provocación. Por tanto, la aplicación de la legítima defensa no está exenta de desafíos, incluyendo la dificultad de evaluar la proporcionalidad de la investigación en este campo es fundamental para garantizar que el sistema legal proteja adecuadamente a aquellos que actúan en legítima defensa de sus derechos sin comprometer la justicia y el orden social. Una correcta aplicación de la legítima defensa es esencial para equilibrar la protección de los derechos individuales con la necesidad de mantener la seguridad y el orden público.

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      • Derechos humanos de mujeres, niños y adolescentes en condiciones de vulnerabilidad en la comunidad de Los Abanicos, corregimiento de David

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        Morales Araúz, Janeth María | 2024-09-01

        Los derechos humanos de las mujeres, los niños y los adolescentes en condiciones de vulnerabilidad son aquellos que les garantizan una vida digna, libre de violencia, discriminación y pobreza, y que les permiten desarrollar su potencial y participar activamente en la sociedad. Estos derechos se basan en el principio de la igualdad y la no discriminación, y reconocen la diversidad y las necesidades específicas de cada grupo de población. Estos derechos se han ido reconociendo y protegiendo a través de diversos instrumentos internacionales y nacionales, que establecen las obligaciones de los Estados y las responsabilidades de los actores sociales para garantizar su cumplimiento y respeto. Algunos de estos instrumentos son la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño de 1924, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de 2014, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing de 1995 y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Estos derechos se enfrentan a múltiples desafíos y amenazas, como la violencia, el abuso, la explotación, la exclusión, la falta de oportunidades, la falta de acceso a servicios básicos, la falta de participación y la falta de protección especial. Para garantizar estos derechos se requiere de la acción conjunta y coordinada de los gobiernos, las organizaciones internacionales, la sociedad civil, los medios de comunicación, las familias y las propias mujeres, niños y adolescentes, así como de la promoción de una cultura de respeto, solidaridad y paz.

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      • Responsabilidad penal de adolescentes en el marco de la reforma procesal penal en Panamá

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        Rojas Q., Yajaira l. | 2024-09-09

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      • La suspensión del proceso en delitos de violencia doméstica bajo la condición de tratamiento psicológico en la provincia de Chiriquí, año 2022

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        Sánchez Beitia, Joselyn | 2024-10-30

        Cuando nos referimos a los métodos alternos de solución del conflicto, siempre es importante conocer su sustento o motivación; para poder comprender el valor que representa que hoy día, los mismos no solo sean aplicados en la esfera del derecho privado, sino en el ámbito público; lo cual es una gran conquista en el reconocimiento de los derechos humanos de las personas que son sujetos (víctima/ofensor) del más represor de los sistemas punitivos, y con ello, nos referimos al ius puniendi. En particular la sociedad panameña ha experimentado la materialización de herramientas procesales que promueven una cultura de paz, que es el único escenario en donde se pueden ver verdaderamente realizados esos derechos del hombre y del ciudadano, que tanto ha costado reconocer, conceptualizar y defender. Al entrar en vigencia un reformado modelo de enjuiciamiento penal, mediante la implementación de la Ley 63 de 2008, nos ha correspondido a quienes intervenimos en las audiencias que se realizan a diario en las sedes de justicia, explorar un catálogo más amplio de los métodos y salidas alternativas de solución aplicadas al conflicto penal; entre las cuales nos avocamos a una aproximación hacia aquella que la propia ley adjetiva dispone que tiene que ser activada o propuesta por la defensa del imputado. Es por ello, que este breve estudio se realiza desde la perspectiva del defensor penal. El método cuyo análisis procuramos, es descrito y desarrollado a partir del artículo 215 del Código de Procedimiento Penal bajo la denominación de Suspensión Condicional del Proceso Sujeto a Condiciones; abordando su conceptualización, naturaleza jurídica, presupuestos procesales que deben reunirse para su admisión; cuáles son las condiciones que prevé la norma procesal, durante cuánto tiempo puede ponerse a prueba al individuo; así como los efectos inmediatos y a largo plazo que genera el método alterno. Además, es muy importante aclarar que esta investigación pone en manifiesto que es posible relacionar la suspensión del proceso sujeta a condiciones y el delito de violencia doméstica; el cual tiene características muy particulares en cuanto a la conformación del tipo penal; y por otro lado, cuestiona si en la práctica ha sido posible o no, que se logre los fines de prevención, retribución justa y resocialización del encausado, sin tener que agotar todas las fases del proceso penal; cuestionamientos que se circunscriben a la realidad de la Provincia de Chiriquí en el año 2022. También, procuramos determinar mediante la aplicación de encuestas a distintos intervinientes procesales -jueces, defensores públicos y privados del imputado, defensores de víctimas y fiscales de familia- para conocer de qué manera es comprendida y estimada la suspensión del proceso sujeto a condiciones; y si el referido método alternativo tiene ventajas y desventajas en las causas por el delito de violencia doméstica. Aunado a lo anterior, el punto que consideramos fundamental es que procuramos profundizar en la aplicación o imposición de una condición específica, la cual está contenida en el Artículo 216 numeral 7 del C.P.P., nos referimos al tratamiento psicológico. Es hacia la mencionada condición que se dirige nuestro trabajo, en atención a que la norma ut supra citada indica que se aplicaría si es necesario; por tanto, nos interesa descubrir qué circunstancias generan esa necesidad; o si de lo contrario, tenga que ser impuesta en todas las suspensiones del proceso en los delitos de violencia doméstica. Les deseamos una satisfactoria lectura de nuestra propuesta, y aunque les está permitido no comulguen con los planteamientos, cumplimos nuestra tarea de que les sirva de estímulo para otras investigaciones que permitan seguir construyendo, a través de la suspensión del proceso sujeto a condiciones, una mejor sociedad.

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